Factura electrónica: evítese una multa de hasta ¢43,620.000
Sector ferretero: ferreterías y mayoristas deben implementar la factura electrónica en sus procesos, y de acuerdo con el Ministerio de Hacienda tienen hasta setiembre de este año.
Los obligados tributarios cuyo último dígito del número de su cédula es 1, 2 o 3, la fecha para ponerse a día con la factura electrónica es el próximo 1 de setiembre, los que terminan en 4, 5 o 6, deben implementar su factura electrónica el 1 de octubre y los del último dígito 0, 7, 8 o 9, su fecha es el 1 de noviembre de 2018.
Multas
Para quien no brinde factura electrónica estando obligado, se arriesga a una multa de 2 salarios base y no admite reducción.
Si es reincidente, le van a cerrar el local por 5 días naturales, y si vuelve a reincidir se exponen a que todos los locales le sean cerrados por 5 días naturales.
Y si el negocio no está inscrito ni le reporta la información electrónicamente a Hacienda, se expone a una multa de un 2% de los ingresos brutos de su declaración del año anterior, con un mínimo de 3 salarios y un tope de 100 (¢43,620.000), lo que admite reducción si la empresa voluntariamente la liquida.
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